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¿Sabes si realmente tienes un certificado de título?


…su “Certificado de Título”, podría ser una Constancia Anotada.

Con frecuencia, vemos personas que cuentan con un derecho de propiedad sobre un inmueble (casa, solar, finca, parcela, etc.), y están tan seguros de que tienen un Certificado de Título, que cuando uno le dice que el documento que tienen no lo es, piensan que le quieren engañar.

Actualmente, el registro de la propiedad inmobiliaria está regido por la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, y con la entrada en vigencia de la misma, desde el 4 de abril del 2007, es muy fácil identificar un Certificado de Título de una Constancia Anotada (o Carta Constancia como normalmente le conocen). Ver formatos y colores de nuevos documentos.

A diferencia de los Certificados de Títulos y las Constancias Anotadas, emitidas bajo la ley anterior No. 1542 de Registro de Tierras, es necesario conocer las características que la diferencian, ya que físicamente eran impresas en el mismo formato, y tiende a confundir.

Al observar el documento, fíjese si en la parte superior o inferior del encabezado del documento (donde se muestra “Certificado de Título Num.”, existe algún texto que indique “Constancia de Venta Anotada”.

El texto que indica que es una Constancia Anotada es muy variable, pero, cualquier texto que se encuentre en la ubicación mencionada anteriormente y haga referencia a Constancia Anotada, a eso corresponde. Existen casos, que pueden no tener ese texto y serlo.

Otra característica, que indica que el documento que tenemos es una Constancia Anotada, se encuentra en el cuerpo del mismo. Cuando leemos que la persona titular, es propietaria de “una porción”, dentro de un inmueble determinado, queda explícito que corresponde a una Constancia Anotada.

¿Cuál es la diferencia entre un Certificado de Título y una Constancia Anotada?

Es la pregunta que podría hacerse cualquier persona que se percate de que tiene una Constancia Anotada, y pensaba que correspondía a un Certificado de Título.

Un Certificado de Título es un documento que ampara el derecho sobre un inmueble previamente individualizado y cuenta con un plano individual del mismo.

Por el contrario, una Constancia Anotada, simplemente ampara un derecho de propiedad sobre un inmueble mayor, es decir, tiene un derecho en comunidad con una o más personas sobre el mismo inmueble.

Veamos un ejemplo, un individuo, es propietario de “una porción de terreno de 1,000.00 M2. en la parcela 1”. Este contenido nos informa que la parcela 1 tiene una superficie mayor de 1,000.00 M2..

Esto significa que es necesario un proceso de “Deslinde”, en virtud de que los derechos se encuentran en comunidad y hay que depurarlos, individualizarlo, ubicarlos y dimensionarlos, dentro de la parcela 1, que es donde se tienen los derechos.

Con la entrada en vigencia de la mencionada Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, es indispensable que los inmuebles estén deslindados, ya que no se permiten realizar transferencias sobre los mismos sin dicho proceso. Además, de que es un requisito de los bancos para poder ofrecer préstamos hipotecarios.

Y en caso de que se desee realizar la venta de una parte, sería necesario realizar la subdivisión, conjuntamente con el deslinde.

Espero que a partir de este artículo, pueda identificar un Certificado de Título y una Constancia Anotada (Carta Constancia), y esté consciente de la diferencia que existe entre ambos.

Si desea más información sobre otros temas relacionados, haz clic en asesoría inmobiliaria o consúltanos.

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