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Identificación de los inmuebles - Designación catastral

Al igual que las personas, que contamos con uno, dos o tres nombres, y uno o dos apellidos, rara vez tres; los inmuebles tienen también sus nombres propios, ese nombre es el que llamamos técnicamente Designación Catastral.

Así mismo, el número de cédula con que cuentan las personas, para los inmuebles es el número de Certificado de Título o de Matrícula. Esta última es la que se utiliza actualmente para identificar el registro.

A todo lo largo del registro inmobiliario, han existido distintas formas de identificar los inmuebles.

Antes, un ejemplo de la forma de identificar los inmuebles, y tomando de partida lo mencionado anteriormente:

  • María tiene tres hijos a Pedro, Carmen y Estela; sus nombres serán María-Pedro, María-Carmen y María-Estela.

  • María-Pedro, tiene dos hijos, José y Juan; los mismos se identificarán como María-Pedro-José y María-Pedro-Juan

  • María-Carmen, tiene tres hijos, Rosario, Martín y Juana; los mismos se identificarán como María-Carmen-Rosario, María-Carmen-Martín y María-Carmen-Juana

Cuando un inmueble era registrado por primera vez, producto de un proceso de Saneamiento, el mismo se identificaba con un número, o el nombre de origen del mismo.

En la medida que se realizaban trabajos dentro de ese inmueble, se iban derivando otras identificaciones, manteniendo siempre su origen, y alternando según el proceso entre letras y números.

Por ejemplo, se realiza el saneamiento de la parcela 1; cuando se subdividía esta parcela, sus hijas, se identificaban como 1-A, 1-B, 1-C, etc., y así sucesivamente, dependiendo de la cantidad que resultaba.

De la misma manera, cuando se subdividía una de ellas, seguía una secuencia parecida, suponiendo que la parcela a subdividir era la 1-A, sus resultantes se identificaban como 1-A-1, 1-A-2, 1-A-3, etc., manteniendo el mismo esquema de identificación.

Por esa razón, podemos observar que existen parcelas que tienen “nombres” tan largos, que es casi imposible de memorizar, algunas han podido alcanzar una longitud de 50 dígitos o más.

Pero, la identificación de los inmuebles no solo se hace a partir de su número de parcela, también tiene un vínculo con un Distrito Catastral, que es una división territorial para fines catastrales, el municipio y la provincia.

Esto permite diferenciar parcelas que cuentan con el mismo número, pero pertenecen a otras demarcaciones, es decir, a nivel nacional, pueden existir 100 parcelas número 1, pero cada una pertenece a un distrito catastral, municipio y provincia distinta.

Para identificar inequívocamente un inmueble, es necesario contar con todos los datos que permiten su individualización. En el tipo de designación que estamos describiendo, es necesario Número de Parcela, Distrito Catastral, Municipio y Provincia.

Por otro lado, existía una clasificación para los inmuebles urbanos, identificados como Solares. En la medida que se realizaban operaciones catastrales dentro de los mismos, las identificaciones subsiguientes, mantenían el mismo esquema de las parcelas, pero se diferenciaban, porque los solares debían pertenecer a una manzana específica, además de las informaciones relativas al Distrito Catastral, Municipio y Provincia.

Existen algunos casos excepcionales, tanto de parcelas como solares, que tienen como información adicional, un número de porción. Estos fueron producto de situaciones especiales, que originaron un dato especial para diferenciarlo.

Con este tipo de identificación, podemos determinar con facilidad, la cantidad de operaciones que se han ejecutado previamente, hasta llegar al inmueble final.

Como resultado, de la individualización de los inmuebles, era necesario identificar su registro, en consecuencia, al certificado de título se le asignaba un número.

A partir del año 2002, por las dificultades que representaban manejar los números de parcelas tan largos, se implementó una modalidad, que consistía en agregar a la designación de la parcela a trabajar, 3 dígitos del año, y 4 dígitos secuenciales, sin importar la parcela o solar, el municipio ni la provincia.

Este método, facilitó y agilizó el proceso para designar los inmuebles, y redujo el riesgo de duplicar designaciones catastrales; pero, se perdió la secuencia de las operaciones ejecutadas.

Por ejemplo, en el año 2003, en la parcela No. 1, del Distrito Catastral No. 6 de Santiago, se iba a realizar un trabajo, se identificaba como 1-003.1234, si a la vez se solicitaba otro trabajo en la parcela No. 11, del Distrito Catastral No. 4, del Distrito Nacional, se identificaba como 11-003.1235, así sucedía a nivel nacional.

Con la implementación de la Ley No. 108-05 de Registro Inmobiliario, que entró en vigencia a partir del 4 de abril del 2007, las designaciones catastrales (nombres de los inmuebles), se identifican partiendo de la coordenada del centro de la parcela, y la longitud del nombre es fija en 12 dígitos.

De esta manera, y con solo tener la designación catastral, de 12 dígitos, podemos determinar fácilmente dónde se encuentra ubicado el inmueble.

El certificado de título actualmente se identifica con un número de matrícula, y en el mismo documento se menciona, cómo se adquirió el derecho y hace referencia a los asientos anteriores que han dado como resultado el último documento generado.

Espero que este artículo, le permita comprender por qué los inmuebles tienen los nombres que tienen.

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